Jairo Emanuel Guerrero –alias “Diego Castro”– fue condenado a la pena de prisión perpetua por ser autor material y responsable del delito de “Homicidio agravado por haber sido perpetrado contra una mujer mediando violencia de género, cometido en perjuicio de Tamara Soledad Fierro”; en Fraile Pintado el 24 de mayo de 2025.
Así lo resolvió, por mayoría, el Tribunal integrado por los jueces Pamela de las Cruces – presidenta de trámite–, Alejandro Gloss y Juan Ángel Cabezas Hametti; secretaría a cargo de Franco Giovannini.
Asimismo, los magistrados por mayoría condenaron a Esteban Fernando Pérez a la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor material y responsable del delito de “Encubrimiento agravado por tratarse de delito especialmente grave””.
En tanto, por unanimidad, absolvieron lisa y llanamente a Maximiliano López del delito de “Encubrimiento agravado” y ordenaron su inmediata libertad.
Los jueces resolvieron mantener el alojamiento de los condenados Guerrero y Pérez en el Servicio Penitenciario provincial.
El juicio oral y público se desarrolló íntegramente en el recinto de la Oficina de Gestión Judicial del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, finalizando este jueves 5 de marzo, en una audiencia en la cual el Tribunal, antes de dar su veredicto, escuchó las palabras de Sonia Figueroa, madre de la víctima; y luego preguntó a los tres acusados si querían expresarse, respondiendo éstos, individualmente, su inocencia respecto de los hechos por los que se los acusaba.
Los hechos
De acuerdo a la requisitoria de la Fiscalía los ilícitos que involucran a Jairo Guerrero y Esteban Pérez, ocurrieron en la localidad de Fraile Pintado y comenzaron el 24 de mayo de 2025, aproximadamente a las 08.42 de la mañana, cuando Tamara Fierro llegó en su moto a la vivienda donde reside Guerrero.
Luego que ambos conversaran, ingresaron a la vivienda, se dirigieron a la habitación del acusado donde permanecieron consumiendo bebidas alcohólicas.
En ese lugar y durante la tarde, antes de las 17 horas, Guerrero atacó violentamente a Tamara Fierro hasta darle muerte, dejando su cuerpo oculto en el interior de la habitación.
Luego, el victimario salió de la vivienda a las 20.20 horas y trasladó el motovehículo de la víctima hasta un domicilio donde pidió que se lo guarden.
Seguidamente Guerrero se fue en un remís hasta la localidad de Calilegua donde reside su primo, Esteban Pérez, a quien le solicitó ayuda y juntos retornaron a horas 22 en el mismo remís, a Fraile Pintado.
Guerrero le solicitó a Pérez que junto a otra persona lleven la moto de la víctima hasta el barrio María Auxiliadora, especificándole que debían dejarlo en cercanías de la casa de Tamara Fierro con la llave puesta.
Jairo Guerrero se dirigió nuevamente hasta su vivienda, procedió a desmembrar el cuerpo de la víctima y lo colocó en bolsas de residuos de color negro, mientras Pérez esperaba en la zona.
Aproximadamente a las 05.15 de la mañana del 25 de mayo de 2025, el acusado Pérez se dirigió a la vivienda de Guerrero y éste sacó fuera de la casa una carretilla conteniendo en su interior partes del cuerpo de Tamara Fierro en bolsas de residuo.
Pérez procedió a trasladar la carretilla con destino a una zona baldía de Fraile Pintado donde dejó los restos en un basural.
En el lugar, ambos hombres comenzaron a prender fuego en la zona donde depositaron las bolsas. Luego de esto Pérez se retiró del lugar.
Jairo Guerrero continúo trasladando durante las horas siguientes los restos de la víctima en bolsas. Durante las horas posteriores, se mantuvo cerca del baldío donde había depositado los restos de la víctima, continuando con la tarea de arrojar ramas sobre el fuego y controlando que estos se consuman.
Las partes en el juicio
El Fiscal ante el Tribunal fue Ernesto Lían Resúa, agente fiscal del Ministerio Público de la Acusación. La querella estuvo representada por Mariana Vargas, Alejandra Cejas y Silvina Llanes.
En tanto, la defensa técnica de los acusados fue ejercida por Federico Llermanos, por López; y Juan Pablo Gomar, por Guerrero y Pérez.
















































