La exhibición del mencionado listado se realiza en cumplimiento de lo establecido por la Ley Nº 4.223/86 “Expurgo y destrucción de documentos del Archivo de Tribunales” y la Acordada Nº 15/86; la consulta se puede hacer los días hábiles en el horario de 7.30 a 13.00 y durante la próxima Feria Judicial de enero de 8.30 a 12.30 horas.
La medida fue dispuesta por la Suprema Corte de Justicia, mediante resolución de su presidente, Dr. Federico Francisco Otaola.

En total son 22.114 expedientes seleccionados, correspondientes al año 1989, 1990, 1991 y pertenecientes a órganos jurisdiccionales de San Salvador de Jujuy.
En tanto 1.613 fueron separados para su conservación o guarda permanente.
Los expedientes pertenecen a:
Año 1989: Tribunal del Trabajo Sala I, II y III; y Juzgados de Instrucción Penal Nº 3, Secretarias 6, 7 y 8.
Año 1990: Juzgado Civiles y Comerciales del 1 al 7, con sus correspondientes Secretarías; Cámaras Civiles y Comerciales Salas I, II y III; Juzgado de Instrucción Penal Nº 1, 2 y 3 con sus respectivas Secretarías; Tribunal del Trabajo Sala I, II y III; y Cámara Penal Sala I, II y III.
Año 1991: Juzgado Civiles y Comerciales del 1 al 7 con sus respectivas Secretarías; Cámaras Civiles y Comerciales Sala I, II y III; Tribunal del Trabajo Sala I, II y III; Juzgado de Instrucción Penal Nº 1, 2, 3 y 4; y Cámara Penal Sala I, II y III.
Centro Judicial San Pedro de Jujuy
Del Archivo del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, sobre una cantidad total de 1.250 expedientes, se destinaron para la destrucción 1.189; mientras que para conservación o guarda permanente fueron 61 los seleccionados.
Los expedientes corresponden al año 1983 y pertenecen al Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 8, Secretaría Especial Nº 16.
Año 1984, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretarias Nº 1 y 15.
Exhibición del listado
La exhibición del listado se realiza por sesenta días corridos, a partir del 4 de diciembre del corriente año, a efectos que las partes, sus letrados y terceros interesados formulen reclamos, peticionen el desglose de piezas o documentos por escrito y con la debida justificación, por ante la Suprema Corte de Justicia. Cabe agregar que, se ha dado intervención al Departamento de Jurisprudencia, Publicaciones e Informática del Poder Judicial para que efectúe las reservas que estime corresponder, como así también a la Dirección de Archivo Histórico y Antropología de la Provincia para que proceda a seleccionar las piezas que considere pueden ser objeto de guarda, por su valor histórico.


















































