Se trata de Elio Leonel Molloja quien fue sentenciado por ser culpable penalmente del delito de “Homicidio culposo en accidente de tránsito agravado por la ingesta de alcohol, un hecho, dos resultados en concurso ideal”.
El condenado continuará manteniendo la libertad que viene gozando desde la etapa de la investigación penal preparatoria, hasta tanto devenga en firme la sentencia.
El fallo fue emitido en el recinto de audiencia de la Oficina de Gestión Judicial, hoy, 11 de abril de 2024, por la Jueza con Función de Juicio, Dra. Cecilia Sadir.
Como jueza suplente se desempeñó la Dra. Margarita Nallar, mientras que el secretario fue el Dr. Hugo Alejandro Carril.
Los hechos
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, Elio Leonel Molloja fue condenado por lo ocurrido el 2 de julio de 2022, aproximadamente a 19:50 horas, cuando circulaba en una camioneta Ford Ecosport a alta velocidad por Ruta Nacional Nº 9, a la altura de la nueva terminal de ómnibus.
En esa circunstancia, Molloja, que conducía el rodado con una ingesta alcohólica de 2,04 G/L, embistió la parte trasera del motovehículo conducido por Maximiliano Humberto Rojas.
Tras el impacto, el conductor del ciclomotor sufrió lesiones considerables por lo que perdió la vida; al igual que la acompañante del acusado, Tania Sabrina Tolaba, que salió despedida de la Ford Ecosport, sufriendo lesiones que le ocasionaron la muerte.
Alegatos
El representante del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Diego Cussel, pidió para el imputado Molloja la pena de 5 años de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir vehículos.
La querella, representada por el Dr. Fernando Bóveda, adhirió a la descripción de los hechos y a la calificación legal formulada por el Fiscal, requiriendo se aplique al acusado el máximo de la escala penal para este tipo de delitos, 6 años de prisión.
Por su parte, la defensa técnica del enjuiciado fue ejercida por la Dra. Agustina Tula, quien solicitó la absolución de su defendido.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.