Asimismo lo absolvió del delito de “Abuso sexual con acceso carnal, agravado
cuando el hecho fuera cometido contra una menor de 18 años y aprovechando la situación
de convivencia preexistente”, por el que también llegó acusado a juicio.
En el veredicto, emitido ayer 5 de julio de 2022, se ordenó además la obtención de
los perfiles genéticos del condenado para incorporarlo al Registro Nacional de Datos
Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la
sentencia.
El Tribunal estuvo integrado por las juezas María Margarita Nallar – presidenta de
trámite-, Ana Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig; secretaría a cargo de la
Dra. Silvana Anún.
De acuerdo con la acusación del fiscal, desde el año 2015 aproximadamente, en un
domicilio ubicado en Alto Comedero de San Salvador de Jujuy, el imputado aprovechando la
situación de convivencia con una niña de 12 años de edad, hija de su pareja, en numerosas
oportunidades ingresó al dormitorio de la menor procediendo a abusar sexualmente de ella,
tocando partes íntimas de su cuerpo.
La última vez que abuso sexualmente de la niña fue el 20 de abril de 2020; siendo
que dos días después, con fecha de 22 de abril, ingresó a la vivienda donde se encontraba
en ese momento la mamá de la víctima, quién ya tenía conocimiento de los hechos
delictivos, razón por la cuál E.T.B. la amenazó con matarla a ella, a sus hijos y luego
quitarse la vida él mismo si ella le contaba lo ocurrido a alguien.
Frente a ello, la mujer se comunicó con personal policial, produciéndose la
aprehensión del acusado.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr.
Darío Osinaga, quién pidió para el imputado la pena de 12 años de prisión.
La querella a cargo de la Dra. Gisela Paz, en representación de la madre de la menor
víctima, solicitó 20 años de prisión para E.T.B.
Por su parte, la defensa técnica del enjuiciado, ejercida por el Dr. Darío Eduardo
Mamaní y la Dra. Rita Vilte, requirió para su defendido la absolución por el beneficio de la
duda o subsidiariamente 3 años de prisión de ejecución condicional.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal
establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, fecha a partir de la cuál, las partes
podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
Departamento de Prensa y Relaciones Públicas
Poder Judicial de Jujuy













































