El Gobierno de Jujuy dispuso, a través de Decreto Nº 1195, crear el Sistema de Tarifa de Energía Eléctrica con Subsidio Provincial COVID-19, por el término de 6 meses, para personas jurídicas o humanas que desarrollen actividades económicas o culturales que resultaron afectadas en el marco de la emergencia por la pandemia de coronavirus.
La Secretaría de Energía de la Provincia establecerá los criterios sociales y económicos para acceder al subsidio, como así también determinará los porcentajes de descuento, topes de consumo a bonificar, reestructurará cuadros tarifarios y llevará adelante el empadronamiento de entidades y personas.
En tanto, el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción determinará aquellas actividades económicas y personas jurídicas o humanas que serán beneficiarias de la tarifa con subsidio provincial.
Por otra parte, el Ministerio de Cultura y Turismo definirá las actividades culturales y/o personas jurídicas o humanas que serán beneficiarias.
Cabe destacar, que los servicios serán solicitados directamente ante el organismo competente por los sujetos comprendidos.
El Ministerio de Hacienda fue facultado para crear, modificar y transferir partidas presupuestarias que resulten necesarias para afrontar las erogaciones que deriven del esquema de subsidio.
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