En julio se conjugarán en el calendario un feriado inamovible, otro con fines turísticos y una fiesta de sacrificio para quienes profesan la fe islámica.
Jueves 9. Feriado por el Día de la Independencia Nacional.
Viernes 10. Feriado puente turístico. Les corresponde a todos los trabajadores.
Viernes 31. Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Articulo 3 de la Ley N° 27.399.