El Superior Tribunal de Justicia resolvió prorrogar la Feria Extraordinaria por razones sanitarias, en concordancia con la normativa nacional y provincial sobre regulaciones temporarias a la libertad de circulación con el objetivo de asegurar el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.
Así lo dispuso mediante Acordada N° 69/2020, manteniendo la suspensión de todos los plazos procesales, mientras se encuentre vigente la feria extraordinaria.
Además, el Alto Tribunal, resolvió habilitar a partir del primero de julio del 2020 la feria extraordinaria para tramitar las causas consideradas de carácter urgente por el artículo 38 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y excepcionalmente lo relativo al libramiento de órdenes de pagos de los expedientes cuyas materias se encuentren comprendidas a continuación: A- pago de créditos alimentarios en los procesos de familia, B- Pago de créditos laborales, C- pago de indemnizaciones de daños y perjuicios, D- pago de honorarios de letrados o auxiliares de justicia y todos aquellos procesos que tengan como fin el libramiento de oficios y diligenciamiento de carácter urgente.
El horario de asistencia y atención será de 8:30 a 12:30, con excepción de los Juzgados de Control, Violencia de Genero y Menores quienes deberán cumplir su horario habitual.
En el Anexo de la Acordada N° 69/2020 se detallan los Tribunales, Juzgados y dependencias habilitados en los Centros Judiciales de San Salvador de Jujuy y San Pedro de Jujuy.
Al respecto, los magistrados, funcionarios y empleados que figuran en el Anexo mencionado deberán cumplir la feria extraordinaria en sus respectivos lugares de trabajo, a fines de asegurar la atención al público y la recepción de las presentaciones urgentes.